En base a información recibida del Centro de Despachantes de Aduana, la Dirección de Valoración y Comprobación Documental, dependiente de la Subdirección General de Control Aduanero, envió a través del Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA) una notificación con las consideraciones técnicas a tener en cuenta para comunicar las inconsistencias entre el Régimen de Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI) y las respectivas Consultas de Operaciones Cambiarias (COC), generadas por cada una de ellas para girar divisas al exterior, correspondientes al período 2012-2015.
Es importante mencionar que dicha notificación fue enviada en dos fechas: el 23/09 y el 04/10.
Los Importadores/Exportadores como sus Despachantes de Aduana que hayan recibido la notificación el 23/09 podrán solicitar el detalle de las Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación (DJAI) que presentan inconsistencias en las Consultas de Operaciones Cambiarias (COC) al email ConsultasDJAI@afip.gob.ar.
Una vez recibida la información, el Importador/Exportador deberá presentar el Formulario 4106 "DDJJ de operadores con inconsistencias", a partir del miércoles 28 de septiembre hasta el miércoles 12 de octubre del corriente, a efectos de considerar las respuestas como posible justificación de las diferencias verificadas.
En cambio, los que recibieron la notificación el 04/10 deben seguir las instrucciones del mensaje para saber las DJAI involucradas, o sea no deben mandar mensaje a la dirección de email informado, ya que ingresando a la web de AFIP podrán conocer las DJAI que tienen inconsistencias. Deberán seguir las siguientes instrucciones:
• Ingresar a www.afip.gob.ar y, luego al servicio con clave fiscal “AFIP-FISCALIZACIONES ELECTRÓNICAS”.
• Acceder a la opción “CUMPLIMIENTO DE REQUERIMIENTO FISCAL ELECTRÓNICO”.
• Incorporar el “NÚMERO DE FISCALIZACIÓN ELECTRÓNICA”. (incluido en la primera hoja donde dice Documento de Referencia).
• A continuación deberán contestar en línea el “REQUERIMIENTO FISCAL ELECTRÓNICO”.
En el requerimiento de AFIP se indica que se podrá adjuntar, por la misma vía y en formato “pdf”, la prueba documental que considere oportuna.
En este caso, deberán integrar la información solicitada en el plazo de 10 días.