Newsletter 309 
 
COMERCIO EXTERIOR
Normas de Comercio Exterior
 

a) IMPORTACIONES. DECLARACIÓN JURADA ANTICIPADA DE IMPORTACIÓN.
Res. (SCI) Nº 1/2012
13/01/12 – B.O.

La Secretaría de Comercio Interior adhiere al mecanismo instaurado por medio de la Resolución General AFIP Nº 3252/12 y fija un plazo no mayor a 15 días hábiles para su pronunciamiento.

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b) SERVICIOS POSTALES. PRESTADOR DE SERVICIOS POSTALES PSP/COURIERS SEGUROS (“SISTEMA CUSE”).
Res. (AFIP) Nº 3253/2012
13/01/12 – B.O.

Artículo 1º — Establécense los lineamientos operativos bajo los cuales se llevará a cabo el sistema “Prestador de Servicios Postales PSP/Couriers Seguros” (“Sistema CUSE”).
La adhesión a dicho sistema tendrá carácter voluntario.
Art. 2º — A efectos del “Sistema CUSE” se entenderá por “Prestador CUSE” a aquellos Prestadores de Servicios Postales PSP/Couriers registrados en este Organismo que reúnan los requisitos establecidos en la presente.
Art. 3º — Habilítase a los sujetos registrados como “Prestador CUSE” a efectuar operaciones de importación y exportación de mercaderías para consumo en forma simplificada, en las condiciones especiales determinadas por esta resolución general.

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