En un reciente fallo, los jueces de la Sala VIII confirmaron una sentencia de Primera Instancia al considerar que no se ajustó a derecho el despido de la trabajadora por abandono de trabajo debido a que con anterioridad a recibir la intimación a retomar sus tareas, la trabajadora había intimado a la empleadora a regularizar su situación laboral.
Los Camaristas entendieron que el reclamo de la trabajadora constituyó una manifestación explícita de su intención de continuar la relación laboral, no configuarándose el abandono denunciado por la empleadora.
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