Newsletter 199 
 
POLÍTICA SOCIAL
Fallo de la Cámara Nacional del Trabajo, Sala III. Contrato de Trabajo. Tareas livianas
 

En el fallo "Giménez, Joaquín c/ Finexcor S.R.L.", la Cámara Nacional del Trabajo determinó que la empresa tiene la carga de la prueba sobre la inexistencia de tareas livianas acordes al estado de salud del trabajador.

En dicho fallo, la Junta Médica convocada por el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires concluyó que el trabajador no podía efectuar tareas que demandaran movilidad del tronco, en tiempo prolongado de pie o levantar objetos de más de 10 Kg. de peso.

En su voto, el Dr. Balestrini, expresó: "El empleador, no solo debe acreditar la inexistencia de puestos en los cuales pudiera asignar al actor tareas livianas, sino además, que por el ejercicio del "ius variandi", quienes se encuentran realizándolas no pueden desempeñarse en otras o la imposibilidad de efectuar una rotación de tareas que permita que al trabajador una ocupación compatible con su estado.