Newsletter 182 
 
POLÍTICA SOCIAL
Fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Despido Indirecto
 

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo consideró ajustado a derecho el despido indirecto de un trabajador que al ser agredido sin motivos por un compañero de trabajo solicitó a la empleadora que garantice su seguridad física dentro del establecimiento laboral.

El Trabajador al no obtener respuesta por parte del empleador se dió por despedido en virtud de los artículos 62, 63, 75, 77, 242 y 246 de la Ley de Contrato de Trabajo, Nº 20744.

En este orden, los Jueces de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo coincidieron con la Jueza de grado en cuanto sostuvo que la demandada desoyó de plano el pedido del trabajador sin ningún argumento que lo justifique.

Para acceder al texto de la Ley 20.744 haga click aquí


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