Newsletter 170 
 
POLITICA SOCIAL
Fallo de la Corte Suprema de Justicia de la NaciĆ³n
 

El Régimen de Accidentes Laborales vigente hasta 1995 establecía que la indemnización en caso de enfermedad, accidente o muerte "no será superior al importe equivalente que resulte de computar 20 años de salario mínimo, vital y móvil vigente al tiempo de la determinación de la indemnización".

La Corte Suprema de Justicia, a través de un reciente fallo, declaró la inconstitucionalidad de los topes indemnizatorios que fijaba dicha Ley y que se aplicaban a juicios en trámite anteriores al 2009.

La sentencia recayó en un caso que se inició ante la Justicia de San Nicolás, hace 15 años, donde un trabajador cobró una indemnización de poco más de $31.000, cuando le hubiesen correspondido, según la CSJN, $96.059,91.

Recordamos que en noviembre de 2009, el Poder Ejecutivo de la Nación, resolvió modificar por decreto la actual Ley de Riesgos del Trabajo, eliminando los topes para las indemnizaciones.

Asimismo, por medio de dicho decreto, se decidió elevar el piso y los montos de las distintas categorías de las indemnizaciones.