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NEGOCIACIONES INTERNACIONALES
Venezuela: Convenio cambiario
 

El Banco Central de Venezuela emitió el pasado 8 de enero el Convenio Cambiario Nº 14 que establece cuáles son las operaciones comerciales para las que la liquidación de las operaciones de venta de divisas se realizarán al tipo de cambio de Bs. 2,60 por dólar y las que se realizarán a Bs. 4,30 por dólar.

En el mismo sentido, el 14 de enero se publicó en la Gaceta Oficial de Venezuela la Resolución conjunta Nº 39.345 de los Ministerios para el Poder Popular de Economía-Finanzas, Comercio, Industrias Básicas y Minería, Agricultura, Salud, Energía y Petróleo, Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias y de Alimentación, que establece dos nuevas listas diferenciando aquellas partidas que no requieren del Certificado de Producción Insuficiente o de No Producción Nacional (Lista 1), de las que si lo requieren (Lista 2), y estableciendo para cada partida arancelaria el tipo de cambio aplicable, es decir, Bs. 2,6 por dólar o 4,3 por dólar.

Asimismo, la Resolución, en su artículo 5, refiere que las listas de los sectores prioritarios y no prioritarios será revisadas y actualizadas periódicamente.

Del total de 6.394 posiciones arancelarias incluidas en la Resolución, a aproximadamente un 59% de ellas se les aplicará la cotización de Bs. 4,3 por dólar, mientras que al restante 41% Bs. 2,6 por dólar.

En una primera aproximación a las listas publicadas, se observa que la mayoría de las partidas arancelarias de mayor relevancia en las exportaciones de nuestro país a Venezuela están contempladas en la cotización de Bs. 2,6 por dólar.

Es el caso, por ejemplo, de las siguientes partidas (considerando las estadísticas comerciales del año 2009 enero-noviembre e incluyendo solo las metalúrgicas):

PARTIDAS

8428 (ascensores): 12 mill. de U$s aprox.

8433 (cosechadoras): 16 mill. de U$s aprox.

8438 (máquinas y aparatos para industria alimenticia): 9,5 mill. de U$s aprox.

9018 (electrocardiógrafos y aparatos de diagnóstico médico): 10 mill. de U$s aprox.

TOTAL: 405 mill. de U$s aprox.

Entre las partidas metalúrgicas con importante incidencia en las exportaciones argentinas a Venezuela que serán tratadas con la tasa de Bs. 4,3 por dólar destacan:

7304 (tubos y perfiles huecos, sin soldadura (sin costura)*, de hierro o acero): 60,5 mill. de U$s aprox.

8701 (tractores): 22 mill. de U$s aprox.

8706 (vehículos automóviles, tractores, ciclos y demás vehículos terrestres, sus partes y accesorios): 8 mill. de U$s aprox.

8708 (partes y accesorios de vehículos): 40 mill. de U$s aprox.

9406 (Muebles; mobiliarios médico-quirúrgico; artículos de cama y similares; etc.): 16 mill. de U$s aprox.

TOTAL: 148,5 mill. de U$s aprox.

En el sitio web de ADIMRA  se encuentra disponible la mencionada normativa para su conocimiento.

Ante cualquier duda o comentario comunicarse con el Lic. Mariano Luna, mluna@adimra.org.ar, o con el Lic. Aldo Costa, acosta@adimra.org.ar.