Newsletter 102 
 
DIRECCIÓN DE RELACIONES COMERCIALES Y NEGOCIACIONES INTERNACIONALES
Propuesta de Brasil sobre Regla de Tributación del Sector Aeronáutico
 

Tal cual lo informado en nuestro Newsletter del 20/11, en el ámbito del Grupo Mercado Común del MERCOSUR (GMC) Brasil presentó un proyecto de norma que modifica la “Regla de Tributación para Productos del Sector Aeronáutico”.

El mencionado proyecto establece que estarán sujetos, con la autorización gubernamental, a un arancel del 0 % la importación de las aeronaves y demás vehículos comprendidos en la partida 8802 y sus partes comprendidas en la subpartida 8803; aparatos de entrenamiento de vuelo en tierra y sus partes comprendidos en las subpartidas 8805.21 y 8805.29 y productos fabricados de conformidad con las especificaciones técnicas y normas de homologación aeronáuticas, utilizados en la fabricación, reparación, mantenimiento, transformación, modificación o industrialización de esas aeronaves y aparatos. 

Asimismo, en relación a estos últimos productos, Brasil presentó un listado de 608 subpartidas metalúrgicas beneficiadas con la exención, de las cuales 368 son subpartidas nuevas (en el sitio web de ADIMRA, a través de contraseña, se encuentra el nuevo listado de productos presentados por Brasil).

En tal sentido, considerando que a la fecha no hemos recibido respuestas de asociados a lo remitido oportunamente, les solicitamos nos informen si los productos mencionados en las subpartidas y en el listado –estén destinados o no a la industria aeronáutica- son fabricados localmente y podrían verse afectados por la propuesta brasileña. De no recibir comentarios daremos por sentado que no existe producción nacional de los mismos y por lo tanto, ADIMRA no se opondría a la propuesta brasileña.

Por favor, remitir la información antes del miércoles 2 de diciembre de 2009, sin excepción, al Lic. Mariano Luna (e-mail mluna@adimra.org.ar c/c acosta@adimra.org.ar).


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