Newsletter 715 
 
ADIMRA II
Feriado 8/12 y Fecha pago segunda cuota SAC
 

FERIADO NACIONAL:

Recordamos que el feriado del próximo 8 de diciembre Día de la Inmaculada Concepción de María, es de aplicación inamovible, ya que así lo dispone la ley N° 27399, y por lo tanto se celebra el próximo domingo, debiéndose abonar al personal jornalizado como día feriado.

FECHA DE PAGO DE LA SEGUNDA CUOTA DEL SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO:

Al respecto la ley N° 27073 del año 2015 dispuso que el Sueldo Anual Complementario será abonado en dos cuotas,  la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año.
El importe será calculado sobre el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los semestres que finalizan en junio y diciembre. Asimismo determina la normativa que si la estimación del mes de diciembre no coincide con el efectivamente devengado, se deberá hacer el recalculo de la segunda cuota del sueldo anual complementario.
Si resulta una diferencia entre lo devengado y lo abonado el 18 de diciembre, la misma se integrará al salario del mes de diciembre.

Adjuntamos las normativas pertienentes.


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