Se acordó un cronograma de pago de la Asignación No Remunerativa de pesos cinco mil ($ 5.000) establecida en el mencionado Decreto, en tres cuotas en los plazos y valores que se indican a continuación: Primera cuota: dos mil pesos ($ 2.000) que deberá abonarse junto con las remuneraciones correspondientes a la segunda quincena del mes de octubre de 2019. Segunda cuota: dos mil pesos ($ 2.000) que se abonará junto con las remuneraciones correspondientes a la segunda quincena del mes de noviembre de 2019. Tercera cuota: mil pesos ($ 1.000) que se abonarán junto con las remuneraciones correspondientes a la segunda quincena del mes de diciembre de 2019. La presente asignación no tiene carácter remunerativo, será proporcional a los trabajadores que cumplan jornadas inferiores a la legal (tiempo parcial y jornada reducida) y podrá ser absorbida hasta su concurrencia con próximas revisiones salariales que se acuerden y con incrementos otorgados unilateralmente con fecha posterior al 12 de agosto de 2019. Para las empresas incluidas en REPRO, Procedimiento Preventivo de Crisis o Emergencia Ocupacional, o que se encuentren en programas de suspensiones por falta o disminución de trabajo podrán adecuar su implementación mediante acuerdos con la representación sindical a nivel Seccionales. Adjuntamos el texto del Acuerdo (disponible al pie), recomendando aguardar su homologación.
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