Newsletter 706 
 
ADIMRA
Salario mínimo, vital y móvil
 

Mediante la Resolución N° 6/2019 publicada en el Boletín Oficial se dieron a conocer los nuevos valores del Salario Mínimo Vital y Móvil para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de la Ley de Contrato de Trabajo, la Administración Pública Nacional y todas las entidades y organismos del Estado Nacional, conforme con el siguiente detalle:

A partir del 1° de agosto de 2019 en $14.125 para los trabajadores mensualizados que cumplan jornada legal completa de trabajo, y $70,62 por hora para los trabajadores jornalizados.

A partir del 1° de setiembre de 2019 en $15.625 para los trabajadores mensualizados que cumplen jornada completa y en $78,12 para los trabajadores jornalizados.

A partir del 1° de octubre de 2019 en $16.875 para los trabajadores mensualizados que cumplen jornada completa y en $ 84,37 para el personal jornalizado.

Por otra parte, la norma incrementó los montos correspondientes al mínimo y máximo de la Prestación por Desempleo.

A partir del 1° de agosto de 2019  el mínimo de la prestación será de $ 3.285,51 y el máximo será de $ 5.256,83.

A partir del 1° de setiembre de 2019 en $3.634,41 como mínimo y en $ 5.815,08 como máximo.

A partir del 1° de octubre de 2019 en $3.925,17 como mínimo y en $ 6.280,28 como máximo.

El Poder Ejecutivo Nacional dispuso mediante el decreto de necesidad y urgencia N° 610/19 que la vigencia tanto del SMVM como de la Prestación por Desempleo operen desde el 1° de agosto, 1° de setiembre y 1° de octubre respectivamente.

Adjuntamos la Resolución CNEPySMVyM N° 6/2019 y el Decreto N° 610/2019.


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