Newsletter 704 
 
ADIMRA II
Decreto 561/19 y Resolución General AFIP Nº4546
 

El Poder Ejecutivo dio a conocer el Decreto 561/19 mediante el cual, entre otras medidas, se encuentra la reducción de los aportes a cargo de los trabajadores con destino al sistema de jubilatorio.

Destacamos las siguientes características:

- Los trabajadores con una remuneración bruta de hasta $ 60.000 no pagarán el aporte personal con destino al SIPA que se devengue en los meses de agosto y setiembre de 2019, con un tope de $ 2000 por mes. Dicho beneficio será financiado por aportes del Tesoro Nacional, con lo cual no se verán afectados los recursos del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
- En los contratos a tiempo parcial la reducción será proporcional al tiempo trabajado considerando la jornada normal de la actividad.
- Se proporcionará también para los casos en que, por cualquier motivo, el tiempo de trabajo resulte inferior al mes.

Por otra parte, la Administración Federal de Ingresos Públicos estableció las normas para la aplicación del beneficio mediante la utilización obligatoria de la versión 41 release 7 del programa SICOSS. Para quienes utilicen Declaración en Línea el sistema receptará las novedades.

En el campo “Ajuste Aporte Decreto 561/2019” los empleadores deberán consignar el monto del beneficio hasta el tope de $ 2000.-

Para los casos de pluriempleo los trabajadores deberán informar por nota a cada empleador la porción del beneficio que corresponda aplicar en función a las remuneraciones imponibles, y que las mismas no superen el monto de $ 60.000.-

La AFIP emitió la Resolución General N° 4546, de donde surgen las deducciones aplicables entre los meses de Septiembre y Diciembre del corriente año.

En materia de disminución de la carga por impuesto a las ganancias para empleados en relación de dependencia, 4ta categoría, el decreto instruyó a la AFIP para que instrumente un aumento de las deducciones equivalente al 20%.

Resulta pertinente destacar que las remuneraciones que se abonen en el mes de Agosto no recibirán el beneficio hasta el próximo mes.

Adjuntamos el texto del decreto y y las resoluciones mencionadas (disponibles al pie).


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