Derechos de Importación. Motocicletas.
Res. (SI) 23/19
BO: 13/02/2019
Se entiende como vehículos incompletos, totalmente desarmados, a aquellos que presenten las características esenciales de los artículos completos o terminados, de acuerdo a la Regla 2.a. del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías de la Organización Mundial de Aduanas a los efectos del Artículo 2º del Decreto Nº 81/19.
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Origen no Preferencial. Modificación.
Res. (MPT) 74/19
BO: 12/02/2019
Se sustituyen determinados Artículos de la Resolución MEP N° 437/07, norma que establece los procedimientos a los efectos de acreditar el origen en las destinaciones definitivas de importación para consumo cuando la mercadería esté sujeta a la aplicación de derechos antidumping, compensatorios, específicos, medidas de salvaguardia o a fines estadísticos. Origen No Preferencial.
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