Newsletter 62 
 
COMERCIO EXTERIOR II
Normas de Comercio Exterior
 

a) DEPÓSITOS FISCALES
Nota Externa (DGA) Nº 60/2009
01-07-09 B.O.

Establece que los usuarios externos, para conectarse en Depósitos Fiscales o Planta Propia, fuera de la red AFIP o Intranet, deberán disponer obligatoriamente de equipamiento informático con acceso posible a internet, que permita a los agentes aduaneros acceder, a través del Servicio de Acceso Remoto (SAR), a los Sistemas Informáticos Aduaneros relacionados con: los resultados de las cargas, los controles realizados y/o efectuar consultas.

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b) IMPORTACIÓN DE EMBARCACIONES USADAS
Resolución (SICPyME) Nº 207/09
01-07-09 B.O.

Los interesados en la importación de embarcaciones usadas al amparo de la Resolución (MEP) Nº 534/08 deberán gestionar un certificado de importación en la Dirección de Importaciones de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa. La nota de solicitud deberá estar acompañada por el formulario de información básica. El Certificado de Importación, de carácter nominativo e intransferible, tendrá validez por un plazo de 180 días corridos, no prorrogable, contados desde la fecha de su emisión, para efectuar el despacho a plaza de la mercadería.

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