Newsletter 468 
 
COMERCIO EXTERIOR
Normas de Comercio Exterior
 

Dumping. Bombas para Líquido. China.

Res. MEFP 23/2015

B.O. – 29/01/2015

 

Se procede a la apertura de examen por expiración de plazo de la medida dispuesta para las operaciones de exportación hacia la República Argentina de determinadas bombas para líquido refrigerante o agua para motores de encendido por chispa o compresión y para motores de autos, camiones, camionetas, utilitarios, equipos agrícolas, tractores, lanchas, grupos electrógenos, usinas móviles y demás motores de encendido por chispa o compresión fijos, exceptuando motores para usos ferroviarios y aéreos, originarias de la República Popular China y se mantienen vigentes los derechos antidumping fijados.

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Dumping. Brocas helicoidales de cabo cilíndrico. China.

Res. MEFP 21/2015

B.O. – 28/01/2015


Se procede al cierre de examen por expiración de plazo y cambio de circunstancias y se fija para las operaciones de exportación hacia la República Argentina de brocas helicoidales de cabo cilíndrico, según norma DIN 338 N.R.HSS-M 2, de acero súper rápido, tipo AISI M 2, M 7 o similar composición química, brocas helicoidales con vástago cono morse normal, según norma IRAM 5076, DIN 345, de acero súper rápido, tipo AISI M 2, M 7 o de similar composición química y brocas cabo cilíndrico con inserto de metal duro, según norma DIN 8039, conocida como para muros, mampostería y cementicios no estructurales originarias de la República Popular China valores mínimos de exportación FOB definitivos.

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Mercado de Cambios. Ingreso de divisas.

Com. A BCRA Nº 5701/2015

B.O. – 26/01/2015


Circular CAMEX 1 - 738. Mercado Único y Libre de Cambios. A partir del 26/01/2015 inclusive, se ha dispuesto, con relación a las normas dadas a conocer por Comunicación “A” 5233, multas por demoras en las que incurre el exportador en la entrega de los bienes al importador respecto de los plazos pactados. Como así un mecanismo a los efectos del seguimiento del ingreso de los cobros de exportaciones y del registro de las operaciones cambiarias.

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Dumping. Aisladores de porcelana. Brasil, China y Colombia.

Res. (MEFP) 1105/14

B.O. 23/01/2015

 

Se fija para las operaciones de exportación hacia la República Argentina de “Aisladores de porcelana, de montaje rígido, de perno o soporte de línea (tipo poste) con extremo para atadura, para una tensión de servicio inferior o igual a 60kV; de suspensión, de carga mecánica inferior o igual a 165 kN y pasantes sumergidos de exterior, para una tensión de servicio superior o igual a 10kV pero inferior o igual a 40kV, de los tipos utilizados en transformadores”, originarias de la República Federativa del Brasil, de la República Popular China y de la República de Colombia, un derecho antidumping Ad Valorem provisional.


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