a) Mercado de Cambios. Plazos especiales para el ingreso de divisas de exportaciones.
Res. (MEFP) 92/13
B.O. - 03/04/2013
Se aclara que lo dispuesto en el Artículo 3° de la Resolución Nº 81/13 MEFP es de aplicación exclusivamente cuando en el país de destino de las exportaciones existan restricciones para la libre transferencia de divisas y en la medida que estas situaciones no estén contempladas en la Comunicación “A” 5019 BCRA. Para los casos donde sea de aplicación la posibilidad de extensión de los plazos de liquidación, el exportador deberá también contar con la conformidad previa del Banco Central de la República Argentina.
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b) Tránsito. Iniciativa de Seguridad en Tránsito Aduanero
Res. Gral. (AFIP) 3454/13
B.O. - 03/04/2013
Se modifica la Resolución General AFIP N° 2889/10 por la cual se apruebó la “Iniciativa de Seguridad en Tránsito Aduanero (ISTA)”, a efectos del control de las operaciones de tránsito terrestre de importación de mercaderías, en todo el territorio de la República Argentina.
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c) Verificación. Aduana de Buenos Aires
Disp. (DGA (DE ADBA)) 45/13
27/03/2013
Se establece un giro rotativo semanal de supervisores de verificación con asiento en cada una de las Bases Operativas de Verificación, que actuará en forma simultánea o indistinta con los ramos de verificación y que funcionará durante los días hábiles en el horario de 13:00 hs a 19:00 hs.
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d) Mercado de Cambios. Plazos Especiales.
Res. MEFP Nº 81/2013
B.O. – 27/03/2013
Se establecen plazos para el ingreso al sistema financiero local de divisas producto de las operaciones de exportación para determinadas empresas.
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