Newsletter 332 
 
DIRECCIÓN DE RELACIONES INTERNACIONALES
Suspensión de la aplicación del Acuerdo de Complementación Económica Nº55 entre el MERCOSUR y México
 

El pasado 26 de junio se publicó en el Boletín Oficial (B.O.) el Decreto Nº 969/12 el cual suspende la aplicación del Acuerdo de Complementación Económica (ACE) Nº 55 entre el MERCOSUR y México, así como también su Apéndice Bilateral I “Sobre el Comercio en el Sector Automotor entre la Argentina y México”, por el plazo de tres años. El presente decreto entró en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el B.O.
 
Asimismo, el Art. 2 de dicha norma exceptúa de la suspensión referida a aquellas mercaderías que al 26 de junio se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

a) Expedidas con destino final al territorio aduanero de la Argentina por tierra, agua o aire y cargadas en el respectivo medio de transporte;

b) En zona primaria aduanera por haber arribado con anterioridad al territorio aduanero de la Argentina.

La suspensión de la aplicación de dicho Acuerdo implica que las exportaciones argentinas a México deberán abonar el arancel correspondiente sin la preferencia de la cual se era beneficiario por el Acuerdo. En la misma línea, aquellas importaciones desde México estarán sujetas a la aplicación del arancel local sin la desgravación correspondiente del ACE Nº 55 (el arancel de importación para todos los productos negociados tanto para ingresar a México como a la Argentina era del 0%).

El Departamento de Negociaciones Internacionales de ADIMRA elaborará un informe estadístico a los fines de analizar las implicancias que tiene para el sector automotor la suspensión del Acuerdo en cuestión.

Ante cualquier duda sobre el mencionado tema, por favor comunicarse con la Lic. Mariano Luna (tel. 4371-0055 int. 115, mail: mluna@adimra.org.ar) o al Lic. Aldo Costa (tel. 4371-0055, int. 104, mail: acosta@adimra.org.ar).
Se adjunta para conocimiento el Decreto Nº 969/12.


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