Newsletter 292 
 
DIRECCION DE RELACIONES INTERNACIONALES
Licencias No Automáticas Previas de Importación (LNAPI). Sistema Integrado de Comercio Exterior.(SISCO)
 

Se recuerda que, mediante la Resolución Nº 669/2011 (disponible al pie), la Secretaría de Industria y Comercio incorpora nuevas posiciones arancelarias al procedimiento de tramitación de solicitudes de Certificados de Importación, Comprobantes y Constancias de Excepción a través del Sistema Integrado de Comercio Exterior (SISCO), el cual fue instituido por la Resolución Nº 52/2011 (disponible al pie).

Cabe aclarar que la Resolución 669/2011 no incorpora nuevas posiciones al listado de LNAPI y tampoco  elimina ninguna posición afectada por LNAPI, simplemente reglamenta la tramitación de las mismas.

Los Artículos 1º y 2º de la Res. 669/2011 establecen las nuevas posiciones afectadas al SISCO.

Para aquellos que ya hayan presentado documentación por solicitudes de Certificados de Importación, Comprobantes y Constancias de Excepción por mercaderías comprendidas en posiciones afectadas por los Artículos 1º y 2º de la Res. 669/2011, consultar los Art. 4º, 5º y 6º de la misma. Cabe resaltar que los mismos establecen plazos para realizar las acciones respectivas.

Los Artículos 7º y 8º hacen referencia a los requisitos de la presentación.

El Art. 9º establece que a partir de los 30 días corridos contados desde la entrada en vigencia de la Res. 669/2011, los Certificados de Importación, Comprobantes o Constancias de Excepción requeridos para la importación de las mercaderías alcanzadas por los Artículos 1º y 2º de dicha norma, únicamente podrán tramitarse a través del SISCO.

El Art. 3º sustituye las referencias de las posiciones arancelarias que se detallan seguidamente, consignadas en el Artículo 2º de la Resolución Nº 496/2011 de la mencionada Secretaría, por las que se indican en cada caso:

8424.81.19 (5)
8517.62.22 (6)
9017.80.10 (14)
9202.90.00 (2)
9613.80.00 (1)

La Res. 669/2011 entró en vigencia el 8 de octubre de 2011.

Ante cualquier duda o inquietud, favor contactarse con el Lic. Mariano Luna (mluna@adimra.org.ar), con el Lic. Aldo Costa (acosta@adimra.org.ar) o con el Lic. Francisco Roca (froca@adimra.org.ar). Teléfonos (011) 4371-0055, internos 115, 104 y 106.


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