Newsletter 275 
 
COMERCIO EXTERIOR
Normas de Comercio Exterior
 

a) SEGURIDAD ELÉCTRICA. ALCANCE.
Disp. (DNCI) Nº 398/2011
29/08/2011 – B.O.

Artículo 1º — Aclarar el alcance de las observaciones de las siguientes posiciones arancelarias incluidas en el listado actualizado, que como ANEXO I forma parte de la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR Nº 613 del 4 de julio de 2003:
• Posición Arancelaria 8504.40.90, en observaciones:
Donde dice: “Excepto las internas o modulares sin cordón de alimentación y/o ficha integrada de conexionado”
Debe decir: “Excepto las internas y las modulares no aptas para riel DIN sin cordón de alimentación, y/o ficha integrada de conexionado a la red”.

• Posición Arancelaria 8537.10.90, en observaciones:
Donde dice: “Sólo tableros con envolventes totalmente de Plástico o metálico para tensión de empleo máxima de 440 VCA y 63 A de corriente nominal”.
Debe decir: “Sólo para tensión de empleo máxima de 440 VCA y hasta 63 A de corriente nominal”.
Art. 2º — Agréguese al listado que como ANEXO I forma parte de la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR Nº 613 del 4 de julio de 2003, los productos identificados como PRENSA DE PLANCHAR PESO = O INFERIOR A 14 KG en la posición arancelaria NCM 8451.30.91 y como PRENSA DE PLANCHAR PESO SUPERIOR A14 KG en la posición arancelaria NCM 8451.30.99, los que requieren intervención previa de la Dirección de Lealtad Comercial para su comercialización y/o importación, cuyo cumplimiento de los requisitos esenciales de seguridad establecidos por la Resolución ex S.I.C. y M. Nº 92/98 controlará conforme los procesos de selectividad dispuestos, a su ingreso al país, la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS.

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b) TRÁNSITO. SISTEMA INFORMÁTICO MARÍA
Res. (AFIP) Nº 3168/2011
29/08/2011 – B.O.

Artículo 1º  — Apruébanse los datos exigidos para el registro en el Sistema Informático MARIA (SIM) de la declaración simplificada de tránsito aduanero monitoreado de importación (TRAM), los cuales se detallan en el Anexo que se aprueba y forma parte de la presente.
A efectos del registro de la citada declaración e integración del formulario OM-1993-A SIM se utilizará el “Código AFIP”, creado por la Resolución General Nº 2964.

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