Newsletter 247 
 
COMERCIO EXTERIOR
Normas de Comercio Exterior
 

a) FACTURACIÓN Y REGISTRACIÓN. FACTURA ELECTRÓNICA. IMPORTACIÓN.
Res. (AFIP) Nº 3116/2011
24/05/2011 – B.O.

Art. 1 - Los responsables comprendidos en el Art. 1 de la Resolución General N° 2975, alcanzados por el inciso b) del Artículo 1° de la Resolución General N° 2990, que hayan efectuado hasta un máximo de SEIS (6) despachos a plaza por importaciones de bienes durante el año calendario 2010, quedan obligados a formalizar la solicitud de autorización prevista en el inciso b) del Artículo 10 de la resolución general citada en primer término, para los comprobantes que emitan a partir del día 1 de julio de 2011, inclusive.
Los sujetos aludidos en el párrafo anterior que no se encuentren incluidos en la excepción dispuesta y no hayan dado cumplimiento a lo establecido en el inciso b) del Artículo 1° de la Resolución General N° 2990, deberán presentar ante la dependencia en la que se encuentran inscriptos una nota en los términos de la Resolución General N° 1128, indicando las causales que motivaron tal incumplimiento.

Texto completo de la norma en adjunto


b) NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR. CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
Res. (AFIP) Nº 3112/2011
24/05/2011 – B.O.

Clasificación arancelaria de mercaderías en la citada nomenclatura, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Resolución General N° 1618. P.A. NCM: 6217.10.00, 6117.80.90, 3926.90.90, 9405.40.10, 5211.43.00, 3824.90.79 y 9615.11.00. Ver anexo.

Texto completo de la norma en adjunto


c) VALORACIÓN. VALORES CRITERIO.
Res. (AFIP) Nº 3111/2011
24/05/2011 – B.O.

Se modifican los Valores Criterio de importación de carácter preventivo para determinadas monturas y gafas.

Art. 1 - Establécense los valores criterio que constan en los Anexos I “Listado de mercaderías con valor criterio” y II “Países de origen de las mercaderías”.

Art. 2 - Déjanse sin efecto los valores criterio de importación indicados en el Anexo III.

Art. 3 - Apruébanse los Anexos I, II y III que forman parte de esta resolución general.

Texto completo de la norma en adjunto

 

 


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