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POLITICA SOCIAL
Nuevo Proyecto de Ley presentado por el Diputado Héctor Recalde busca ampliar la cantidad de días por vacaciones
 

En la actualidad, la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) fija pautas a los fines de que las empresas otorguen las vacaciones a sus empleados. Así, establece la duración del receso y los requisitos de antigüedad laboral para definir cuántos días serán otorgados a los dependientes en cada caso.
 
El nuevo Proyecto de Ley presentado por el Diputado Héctor Recalde busca equiparar a todos los dependientes cuya antigüedad no sea superior a 10 años, otorgándoles - en lugar de 14 días corridos a quienes no llegan a 5 años- 21 días de receso.
 
La legislación actual establece los siguientes parámetros:
Antigüedad menor de 5 años: 14 días corridos.
Antigüedad mayor a 5 años y menor de 10 años: 21 días corridos.
Antigüedad mayor a 10 años y menor de 20 años: 28 días corridos.
Antigüedad mayor a 20 años: 35 días corridos.


Mientras que el Proyecto de Ley del Diputado Recalde establece:

Antigüedad menor de 10 años: 21 días corridos.
Antigüedad mayor a 10 años y menor de 20 años: 28 días corridos.
Antigüedad mayor a 20 años: 35 días corridos.

Algunos de los fundamentos volcados por el Dr. Recarlde en su Proyecto fueron:
 
"Las circunstancias actuales en que se desarrollan las relaciones de trabajo conllevan a que los trabajadores presten servicios en jornadas de trabajo superiores a las prescriptas por la ley, produciendo grandes desgastes físicos e intelectuales. En igual sentido, las permanentes rotaciones de los trabajadores en diferentes empleos ocasiona que la antigüedad nunca llegue a ser superior a los cinco años que prescribe la ley para poder gozar de un período vacacional equivalente a 21 días corridos. Ya casi no existe aquél trabajador que desde un comienzo prestaba sus servicios y se jubilaba a la orden de un mismo empleador.
De igual forma, y en apoyo a nuestra tesitura, podemos también mencionar que existen hoy en día no pocas empresas que otorgan a sus trabajadores un plazo mínimo de descanso de 3 semanas, generando así una verdadera desigualdad con respecto a aquellos trabajadores que gozan solamente de las dos semanas prescriptas por la ley.

Ante la realidad planteada no caben dudas que el mínimo vacacional debe ser ampliado.

En concreto, lo que se propone por el presente proyecto de ley consiste en tres modificaciones a la ley de Contrato de Trabajo: la modificación del Título del Art. 150 "Licencia ordinaria" por el de "Vacaciones", la modificación del mismo Art. 150 en cuanto al plazo mínimo de vacaciones y la modificación del Art. 194 relativo al beneficio vacacional que se otorga a los menores de edad".


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