a) VALORACIÓN – SUBFACTURACION
Nota Externa (DGA) Nº 15/09
17-02-09 B.O.
A fin de fortalecer los instrumentos para enfrentar la evasión fiscal y combatir las prácticas de subfacturación en la importación de mercaderías, cuando los valores declarados de las mercaderías importadas haya indicios de que pueden ser inferiores a su costo de producción, las áreas de valoración exigirán al importador explicaciones y/o documentación sobre los costos de la materia prima y de la elaboración que ha incidido en el valor declarado. Se solicitará la información y la documentación para determinar los costos reales del transporte, el seguro y el flete de las mercaderías importadas.
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b) DUMPING – PARTES DE CUADROS Y HORQUILLAS DE BICICLETAS
Resolución (MP) Nº 43/09
17-02-09 B.O.
Procede al cierre de la investigación por elusión para las operaciones de exportación hacia la Argentina de partes de cuadros y horquillas de bicicletas, originarias de China y Taiwán, mercadería que clasifica por la posición arancelaria N.C.M. 8714.91.00. Fija, a los fines de calcular el derecho antidumping, para estas mercaderías, excluidos los “pivots”, originarias de China un valor mínimo de exportación FOB de U$S 3,02 por kilogramo. Excluye de la medida antidumping a las operaciones de exportación originarias de Taiwan.
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c) MERCADO DE CAMBIOS – PREFINANCIACION DE EXPORTACIONES
Comunicado A (BCRA) Nº 4907/09
16-02-09 B.C.R.A.
Modifica los plazos dentro de los cuales deben ser cancelados, con divisas de cobros de exportaciones con fecha de cumplido de embarque de aduana, los nuevos anticipos de clientes y prefinanciaciones de exportaciones.
Texto completo de la norma Com. A 4907
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